Equipos DSC-GMDSS
La nueva legislación relativa a SOLAS/SEVIMAR (Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en la Mar) establece los requerimientos de los equipos de radio que deben ser instalados en las embarcaciones de recreo.
ZONA 1) Queda según reglamento de 1 de Enero de 2007.
ZONA 2) VHF-SOLAS con DSC. Radiobaliza 406 Mhz. Equipo portatil bidireccional VHF o transpondedor de radar 9 Ghz.
ZONA 3) Obligatorio desde 01/01/2009. VHF con DSC. Radiobaliza 406 Mhz.
ZONA 4) Obligatorio desde 01/01/2009. VHF con DSC.
ZONA 5) Obligatorio desde 01/01/2009. Equipo VHF fijo o portátil. Si la instalación es fija, con DSC.
ZONAS 6 Y 7) No es obligatoria la instalación de equipo de radio.

Lunes 12 de Diciembre de 2011 vía web

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